El Mar Menor, representado jurídicamente por la Asociación Alianza Mar Menor (AMARME), recurrirá la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Cartagena tras la celebración esta semana de una vista preliminar, la primera en la que la laguna ha comparecido como acusación particular en un procedimiento penal por contaminación.
Durante esa comparecencia, el magistrado Álvaro Bellas Dublang anunció una sentencia oral de conformidad después de que el acusado, un empresario agrícola de La Puebla, aceptara los hechos y el acuerdo alcanzado con la Fiscalía. Sin embargo, la representación jurídica del Mar Menor manifestó de forma expresa su disconformidad con ese acuerdo, al entender que se había producido tras una rebaja de la acusación inicial del Ministerio Público.
Ante esta situación, el Mar Menor, la víctima en el proceso, prepara un recurso ante la Audiencia Provincial de Cartagena en el que solicitará la nulidad de la sentencia, con el objetivo de que el procedimiento continúe y se señale fecha para la celebración del juicio oral.
Rebaja de la acusación por parte de la Fiscalía
La Fiscalía modificó su calificación inicial durante la vista preliminar al aplicar dos circunstancias atenuantes al acusado: la confesión de los hechos y la reparación del daño. Esta modificación permitió alcanzar un acuerdo de conformidad con la defensa del empresario.
AMARME considera que, al tratarse del ecosistema afectado por el delito ambiental investigado, su posición debía haber sido tenida en cuenta antes de cerrar el procedimiento mediante una sentencia pactada. Es más, la ley dice que la Fiscalía está obligada a recabar la opinión de la víctima, en este caso, el Mar Menor y eso no ha ocurrido.
Primera comparecencia del Mar Menor como acusación
La vista tenía un carácter especialmente significativo, ya que se trataba de la primera ocasión en la que el Mar Menor comparecía en un procedimiento penal como acusación particular, tras la aprobación de la Ley 19/2022, aprobada por las Cortes Generales tras una Iniciativa Legislativa Popular respaldada por más de 640.000 firmas.
Esa ley, avalada por el Tribunal Constitucional, reconoce personalidad jurídica al ecosistema y le otorga derechos propios de protección, conservación y restauración, lo que permite que organizaciones sociales ejerzan acciones legales en su nombre.
Solicitud de nulidad y celebración de juicio oral
El recurso sostendrá que, conforme a lo previsto en el artículo 785.5 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no puede prosperar un acuerdo de conformidad cuando una de las acusaciones personadas manifiesta su oposición.
Desde la asociación lo plantean en términos claros: si la parte perjudicada no acepta el acuerdo, no debería cerrarse el procedimiento mediante una sentencia pactada.
Por ese motivo, la asociación pedirá a la Audiencia Provincial que declare nula la sentencia dictada tras la vista preliminar y ordene continuar el procedimiento con la celebración de un juicio oral, en el que puedan debatirse plenamente los hechos investigados y las responsabilidades penales derivadas de los vertidos contaminantes al Mar Menor.
El juzgado olvidó citar al Mar Menor
La asociación AMARME, que representa al Mar Menor en 15 causas judiciales, sostiene que se ha producido además una situación de indefensión procesal, ya que, pese a haber sido admitida formalmente como acusación particular en representación del ecosistema en noviembre de 2025, no recibió ninguna notificación durante la tramitación del procedimiento.
Según denuncia la entidad, la primera comunicación del juzgado llegó el mismo día de la vista preliminar, mediante un correo electrónico y una llamada telefónica. El correo electrónico llegó a las 9:00 de la mañana cuando la vista preliminar estaba fijada para las 10.00 de la mañana. El juzgado se olvidó de la víctima, el Mar Menor.
Esa circunstancia obligó al abogado del Mar Menor, Sergio Marco, que también es el gerente de la laguna, a intervenir en la vista por videoconferencia, sin haber podido preparar adecuadamente su participación en el juicio ni formular las actuaciones procesales correspondientes. De hecho, intentó infructuosamente que se suspendiera la vista preliminar.
Además, AMARME cuestiona la posición adoptada por la administración autonómica, también personada en la causa. La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia aceptó el acuerdo pese a que forma parte del sistema de tutela y protección del Mar Menor.
Para la asociación resulta difícilmente comprensible que la administración que actúa como garante del ecosistema respalde un acuerdo de conformidad cuando el propio Mar Menor manifiesta su rechazo. Es decir, el Mar Menor alza la voz en contra de un acuerdo y es ignorada por uno de sus tutores.
El acusado admite los hechos
El procedimiento se dirigía contra el propietario de una explotación agrícola situada en la diputación cartagenera de La Puebla, investigado por vertidos contaminantes al Mar Menor ocurridos en 2015 y 2016.
Durante la vista, el acusado reconoció los hechos descritos en el escrito de acusación del Ministerio Fiscal, relacionados con el vertido de aguas con nitratos procedentes de una desaladora ilegal, y aceptó una condena fruto de un acuerdo de conformidad.
La pena acordada consiste en un año, tres meses y dos días de prisión, cuya ejecución quedará suspendida con la condición de no delinquir durante dos años. Además, el condenado asumió el pago de una multa cercana a 900 euros.
En concepto de responsabilidad civil, el acusado abonará 17.216,10 euros al Estado, titular del dominio público marítimo-terrestre e hidráulico, y 9.539,24 euros a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por los costes derivados del restablecimiento de la legalidad ambiental.
La sentencia incluirá también nueve meses y un día de inhabilitación para ejercer actividades agrícolas o para administrar o dirigir empresas del sector.
El Mar Menor pide penas más severas
Desde la Fiscalía se subraya que los acuerdos de conformidad forman parte de los mecanismos previstos por la ley para agilizar los procedimientos penales y asegurar condenas firmes. Fuentes del Ministerio Público consideran que las penas impuestas tienen un carácter “ejemplarizante”.
El Mar Menor, representado por AMARME, mantiene una posición distinta. Considera que las sanciones son insuficientes para prevenir nuevas agresiones ambientales en la laguna y defiende que los delitos ecológicos vinculados al deterioro del Mar Menor deben recibir una respuesta penal más severa.
El recurso que prepara la entidad ante la Audiencia Provincial de Cartagena pretende, precisamente, que se anule la sentencia y se fije juicio oral.
Acuerdos de conformidad para rebajar las penas
El procedimiento se enmarca en la investigación conocida como caso Topillo, una macrocausa judicial abierta en varios juzgados de Cartagena, Murcia y San Javier que analiza el impacto de vertidos procedentes de explotaciones agrícolas en el Mar Menor.
En este conjunto de diligencias se investigan prácticas como el funcionamiento de desaladoras ilegales, la gestión irregular de salmueras o la descarga de aguas con altas concentraciones de nitratos que habrían acabado alcanzando la laguna durante años con la permisividad del Gobierno regional que no vigiló.
En total, el procedimiento afecta a más de 60 empresas y particulares. Los hechos se investigan como posibles delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente previstos en el artículo 325 del Código Penal español, que castiga las conductas que provoquen o puedan provocar daños graves en ecosistemas mediante vertidos, emisiones o actividades contaminantes realizadas al margen de la normativa ambiental.