El Tribunal Constitucional reconoce que el Mar Menor ha sufrido 40 años de desprotección y deterioro

El Tribunal Constitucional subraya que las Administraciones Públicas, en todos sus niveles, tienen la obligación de desarrollar políticas de prevención, restauración y concienciación
Foto Greenpeace

El Tribunal Constitucional reconoce décadas de desprotección y avala la Ley 19/2022 que concede al Mar Menor y su cuenca personalidad jurídica. Este ecosistema único, que durante décadas ha sido testigo del devastador impacto humano, se convierte así en un sujeto de derechos, marcando un hito sin precedentes en Europa y sentando las bases para un nuevo paradigma en la defensa medioambiental.

El Tribunal Constitucional ha rechazado un recurso de VOX y ha reafirmado la constitucionalidad de la Ley 19/2022, destacando su contribución como herramienta novedosa para la protección del ecosistema del Mar Menor y su cuenca, sin contravenir principios constitucionales ni comprometer la seguridad jurídica.

Una lucha por la dignidad de la naturaleza

El Mar Menor, la mayor laguna salada de Europa, clama por atención desde las profundidades de su crisis ecológica. Contaminación, pérdida de biodiversidad y una alarmante degradación han puesto en riesgo su existencia y la de las comunidades que dependen de su equilibrio. La Ley 19/2022 surgió como un grito de esperanza, otorgando a la laguna el derecho a existir, a ser protegida, restaurada y a evolucionar naturalmente.

Como destaca el texto normativo, el ecosistema y su cuenca se rigen por «una ley ecológica natural que hace posible su existencia», y cualquier actividad humana que amenace ese equilibrio debe ser detenida o prohibida. Este reconocimiento va más allá de las meras palabras: dota al Mar Menor de mecanismos jurídicos para defenderse en tribunales y demanda que las administraciones públicas y los ciudadanos se conviertan en sus guardianes.

«Las Administraciones Públicas, en todos sus niveles, tienen la obligación de desarrollar políticas de prevención, restauración y concienciación para garantizar el equilibrio ecológico del Mar Menor y evitar actividades humanas que puedan conducir a la extinción de su biodiversidad» dice el Alto Tribunal.

También reconoce que «ni la catalogación como humedal de protección preferencial ni las obligaciones de preservación del medio marino derivadas de la Convención de Montego Bay […] han impedido que durante cuarenta años este ecosistema se haya visto progresivamente deteriorado por la intervención humana».


El recurso y el respaldo del Tribunal Constitucional

El recurso presentado por 52 diputados del Grupo Parlamentario Vox atacaba la esencia misma de la ley, argumentando que otorgar derechos a un ecosistema era incompatible con la Constitución. Según los recurrentes, la laguna no puede tener derechos porque carece de voluntad, conciencia y dignidad, cualidades que la Constitución reserva al ser humano.

El Tribunal Constitucional, sin embargo, ha rechazado por siete votos a cinco, estas alegaciones. En su sentencia, destaca que la protección del medio ambiente, amparada en el artículo 45 de la Constitución, permite al legislador desarrollar enfoques innovadores para garantizar la sostenibilidad. El fallo subraya que «el bienestar de las personas depende del bienestar de los ecosistemas que sostienen la vida». Reconocer personalidad jurídica al Mar Menor, según los magistrados, es un acto de solidaridad intergeneracional que garantiza que las generaciones futuras puedan disfrutar de un entorno saludable.

«La protección del medio ambiente no debe entenderse solo como una preservación del statu quo, sino como una obligación de solidaridad intergeneracional, destinada a conservar y mejorar el entorno natural para que las futuras generaciones puedan disfrutar de su derecho a la vida en condiciones equivalentes a las actuales».

El fallo también resalta que, aunque el derecho español no había utilizado hasta ahora esta herramienta, existen precedentes internacionales, como la atribución de derechos a ríos en Nueva Zelanda y a ecosistemas en Bolivia. La ley, según el Tribunal, «refuerza la dignidad humana al vincular la vida y el desarrollo humano con la protección de los ecosistemas».

El Mar Menor: un nuevo comienzo

La sentencia es más que un aval jurídico: es una declaración de principios al considerar que que esta legislación representa una transición de un enfoque antropocéntrico hacia un modelo ecocéntrico moderado, alineado con tendencias internacionales.

El Tribunal ha subrayado que la conservación del Mar Menor no es solo una obligación legal, sino un deber ético hacia las generaciones presentes y futuras. Como dice el preámbulo de la ley, «la grave crisis socioambiental y humanitaria que atraviesan el Mar Menor y sus municipios ribereños exige medidas excepcionales».

Con este fallo, el Mar Menor se convierte en un símbolo de resistencia y esperanza. Esta ley no solo busca proteger un humedal, sino redefinir la relación entre la humanidad y la naturaleza. En palabras del Tribunal, «la protección de los ecosistemas no es solo una obligación constitucional, sino una condición indispensable para una vida digna».

El Mar Menor ya no está solo; ahora tiene voz, derechos y, sobre todo, la posibilidad de un futuro.

Un voto particular

De los doce miembros que componen el Tribunal Constitucional, cinco magistrados han emitido un voto particular al mostrarse disconformes con la sentencia aprobada por la mayoría. Los magistrados Ricardo Enríquez Sancho, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel, César Tolosa Tribiño y José María Castaño habrían estimado el recurso presentado por VOX contra la Ley que concede personalidad jurídica al Mar Menor. Según su alegato, la ley plantea un cambio de paradigma de «imprevisibles y peligrosas consecuencias».

El PP de Valcárcel derogó una ley socialista destinada a proteger el Mar Menor

En 1987, la Asamblea Regional de Murcia promulgó la Ley 3/1987, de 23 de abril, de Protección y Armonización de Usos del Mar Menor, con el objetivo de salvaguardar la integridad de los ecosistemas del Mar Menor y sus alrededores. Esta ley establecía controles administrativos previos a actividades potencialmente contaminantes y medidas preventivas ante posibles impactos negativos.

Sin embargo, en 2001, durante el mandato del presidente Ramón Luis Valcárcel, esta ley fue derogada. La derogación eliminó las protecciones específicas que la normativa de 1987 ofrecía al Mar Menor, lo que, según expertos, contribuyó al deterioro progresivo de este ecosistema.

La eliminación de estas medidas de protección coincidió con una intensificación de la agricultura de regadío en la región, facilitada por el trasvase Tajo-Segura. Esta transformación agrícola incrementó los vertidos de nitratos y otros contaminantes en la laguna, exacerbando su degradación ambiental.

En 2022, Ramón Luis Valcárcel (PP) reconoció su responsabilidad en la crisis del Mar Menor, afirmando que «el estado del Mar Menor se nos va de las manos» y asumiendo su parte de culpa en la situación actual de la laguna.

La derogación de la Ley 3/1987 es considerada por especialistas y organizaciones ecologistas como un error jurídico-político que ha tenido consecuencias negativas para la conservación del Mar Menor. La falta de un marco legal específico de protección durante años ha permitido actividades que han contribuido al deterioro del ecosistema.

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