Impugnan la designación de la UPCT como laboratorio pericial en el caso del vertedero “El Lirio”

La parte denunciante cuestiona la imparcialidad de la UPCT por sus contratos con los investigados y señala a tres profesores. Se investiga el uso de tierra contaminada en las obras de sellado
El consejero Vázquez visita obras vertedero El Lirio

El vertedero de estériles mineros “El Lirio” se ha convertido en el escenario de una investigación penal por presuntos delitos contra el medio ambiente, estafa y malversación. Lo que está en juego no es solo la integridad de un sellado minero ejecutado con fondos públicos, sino la credibilidad de la pericial técnica que servirá de prueba judicial. En ese contexto, la designación de la Universidad Politécnica de Cartagena (UPCT) como laboratorio pericial ha encendido todas las alarmas de la acusación particular.

El pasado 8 de abril, el Juzgado de Instrucción número 1 de Cartagena dictó una providencia en la que ordenó al SEPRONA de la Guardia Civil la toma de muestras en distintas zonas del vertedero y su posterior análisis en la UPCT para detectar la presencia de metales pesados, medir su concentración y determinar su impacto sobre el medio ambiente y la salud pública. También solicitó a la Comunidad Autónoma y a la empresa TRAGSA documentación detallada sobre las obras de sellado realizadas en el paraje.

Pero Ecologistas en Acción, que ejerce la acusación particular en esta causa, ha reaccionado con contundencia: ha presentado un recurso de reforma exigiendo que se revoque esa designación y que el análisis se encargue a un organismo imparcial y acreditado: el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, dependiente del Ministerio de Justicia.

El motivo, según el recurso presentado por el abogado José Manuel Muñoz Ortín, es claro y documentado: la UPCT no puede garantizar la objetividad necesaria para intervenir como perito en un proceso penal en el que ha tenido un papel técnico relevante en el pasado reciente.

Un historial de vínculos que compromete la neutralidad

El recurso expone con detalle los lazos que conectan a la universidad con los principales investigados en esta causa. La UPCT ha firmado diversos contratos con TRAGSA —la empresa pública encargada del sellado del vertedero—, entre ellos el n.º 7973/23IMC, destinado a supervisar las soluciones de sellado en la base del depósito, precisamente el objeto de la investigación judicial. Según Ecologistas en Acción, esto convierte a la universidad en juez de su propia intervención técnica.

La red de relaciones se amplía con Portman Golf S.L., empresa también investigada. La UPCT ha suscrito con ella contratos centrados en el diagnóstico ambiental del vertedero de “Los Blancos” -escenario de otro proceso penal en el que también figura TRAGSA- y ha trabajado con ambas en el marco del proyecto europeo LIFE MIPOLARE, que reunió a empresa, universidad y administración regional.

Además, la universidad ha sido socia técnica de la Dirección General de Medio Ambiente y de la Dirección General de Energía y Actividad Industrial y Minera en diversos convenios para la caracterización de residuos y suelos contaminados. Todos ellos, recuerda el recurso, están formalmente investigados en este procedimiento.

Un perito alineado con la defensa

El documento judicial centra buena parte de sus críticas en el catedrático Ángel Faz Cano, director de la cátedra universitaria que presumiblemente asumirá el análisis de las muestras. Faz Cano no solo ha intervenido en los trabajos previos de sellado en “El Lirio”, sino que actualmente actúa como perito de parte en defensa de Portman Golf S.L. en el procedimiento penal abierto en el Juzgado número º4 de Cartagena sobre el vertedero de residuos peligrosos de “Los Blancos”. En dicho caso, sus informes han chocado con los emitidos por la Fiscalía y la policía judicial.

Su implicación, afirma Ecologistas en Acción, compromete no solo su imparcialidad personal, sino también la objetividad institucional de la universidad a la que representa. A esto se suma el hecho de que la cátedra que dirige está financiada por el Ayuntamiento de Cartagena, administración con intereses territoriales en la zona afectada.

El recurso también denuncia que profesores asociados de la UPCT participan a su vez en órganos directamente implicados en el caso. Es el caso de Rafael Sánchez Medrano, profesor desde 1997 y jefe del Servicio de Minas de la Comunidad Autónoma de Murcia, administración bajo investigación. O de Víctor Manuel Cánovas Carrasco, profesor y al mismo tiempo director facultativo de las explotaciones de Portman Golf S.L., quien ha emitido informes periciales en defensa de esta empresa en causas judiciales anteriores.

Para la acusación, la confluencia de estos roles crea un ecosistema de relaciones cruzadas donde la objetividad técnica se diluye entre intereses compartidos, lealtades institucionales y trayectorias profesionales entrelazadas.

La UPCT no está acreditada

Pero más allá del conflicto de intereses, Ecologistas en Acción señala otro problema grave: la UPCT carece de acreditación legal para actuar como laboratorio pericial en análisis de suelos contaminados y residuos peligrosos.

Ni en los registros autonómicos ni estatales figura como laboratorio autorizado conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17025, requisito técnico indispensable establecido en el Real Decreto 9/2005, la Ley 7/2022 y otras normativas europeas. Además, el análisis solicitado por el juzgado no se limita a suelos, sino también al material de sellado, que puede incluir residuos peligrosos, lo que exige una caracterización específica que la UPCT, afirman, no está habilitada para realizar.

Frente a ello, el recurso propone que el encargo se derive al Instituto Nacional de Toxicología, organismo público especializado en toxicología ambiental, que sí cuenta con la acreditación exigida, experiencia judicial, infraestructura adecuada y absoluta independencia institucional.

Quien es parte, no es imparcial

En su argumentación, la acusación se apoya en doctrina del Tribunal Supremo. En particular, en la sentencia 202/2022, que establece con claridad que los informes técnicos emanados de entidades que han colaborado con alguna de las partes no pueden gozar de presunción de imparcialidad. “Quien es parte no es imparcial”, zanja el alto tribunal. En este caso, dice el recurso, la UPCT ha sido parte técnica de los hechos que ahora deben analizarse. Ha asesorado, supervisado, colaborado. Y no puede, por tanto, actuar como juez técnico de su propia actuación.

El trasfondo del recurso es claro: si el juzgado mantiene a la UPCT como laboratorio pericial, la prueba podría ser anulada en fases posteriores del proceso, al no haberse respetado las garantías mínimas de independencia, legalidad técnica y validez probatoria.

Ecologistas en Acción no pide una anulación general del proceso. Al contrario, respalda la toma de muestras ordenada por el juzgado y pide incluso ampliar su alcance para analizar la calidad de la tierra vegetal utilizada en el sellado. Pero exige que el análisis se realice bajo condiciones técnicas, legales y judiciales impecables, algo que -a su juicio- la UPCT no puede ofrecer.

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