La Fiscalía no ve delito en la actuación de la alcaldesa de Puerto Lumbreras con la macrogranja construida sin licencia

Ecologistas en Acción, que ejerce la acusación particular, pide 12 años de inhabilitación para la alcaldesa por un delito de prevaricación continuada. El plazo para demoler las naves construidas ilegalmente expiró en octubre de 2024
Explotación porcina de Juan Jiménez en El Campillo (Puerto Lumbreras)

El Ministerio Público considera que no hay indicios suficientes para acusar a la alcaldesa de Puerto Lumbreras, María Ángeles Túnez García, del delito de prevaricación, aunque admite graves irregularidades en la gestión urbanística del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras que permitió la ampliación ilegal de una macrogranja porcina cuyas naves, declaradas ilegales, aún no han sido demolidas.

De hecho, Ecologistas en Acción, representados por el abogado José Manuel Muñoz, acaba de solicitar al Juzgado de Instrucción número 7 de Lorca que requiera al Ayuntamiento de Puerto Lumbreras si ha procedido a la demolición de las naves construidas ilegalmente, pues el plazo de ejecución voluntaria de la demolición de lo construido por parte de la mercantil finalizó en octubre de 2024.

La Fiscalía solo acusa al empresa

El escrito de acusación de la Fiscalía, al que ha tenido acceso RRNEWS, solo acusa y pide la apertura de juicio oral contra el empresario ganadero, Juan Jiménez García S.A. por un delito contra la ordenación del territorio y urbanismo, pero pide pide el sobreseimiento provisional de la causa contra de la alcaldesa María Ángeles Túnez García. La juez, por su parte, ha decretado la apertura de juicio oral al entender que existen indicios racionales de criminalidad en la actuación tanto de María Ángeles Túnez como de la empresa ganadera, JISAP, propiedad de Juan Jiménez.

La acusación contra la empresa se basa en la ejecución de obras sin los permisos preceptivos y en violación de los límites establecidos en el Plan General de Ordenación Urbana. Entre las irregularidades detectadas se encuentran la demolición y reconstrucción de una nave, la construcción de nuevas estructuras que superaban ampliamente la superficie edificable permitida y la instalación de una balsa de purines sin las medidas de seguridad adecuadas.

El escrito de acusación de la Fiscalía detalla que las obras realizadas por la mercantil «se realizaron sin respetar los supuestos establecidos por la legislación sectorial aplicable», además de no contar con «la previa autorización de la Administración regional, licencia, orden de ejecución u otro título habilitante».

La Fiscalía admite graves irregularidades por parte del Ayuntamiento

Lo llamativo del escrito de acusación de la Fiscalía es que, a pesar de admitir que hubo graves irregularidades en la tramitación de los expedientes sancionadores y que la valoración económica de las obras ilegales se redujo considerablemente en el segundo procedimiento, ha decidido no acusar a la alcaldesa de Puerto Lumbreras. La justificación del Ministerio Público se basa en que no existen «indicios sólidos y suficientes» de que actuara «con el propósito deliberado de conculcar la legalidad», requisito indispensable para la tipificación del delito de prevaricación.

Sin embargo, el propio escrito del Ministerio Público reconoce que la demora en la tramitación de los expedientes podría considerarse una «denegación» de la aplicación de la legalidad urbanística, lo que en muchos casos se ha interpretado como una forma de prevaricación por omisión.

La decisión de la Fiscalía se apoya en que, aunque hubo un retraso injustificado en la gestión de las sanciones y una revisión a la baja del importe de la multa impuesta a la mercantil ganadera, no se puede acreditar que los funcionarios municipales y la alcaldesa actuaran con la intención de favorecer a la empresa investigada.

El beneficio económico de la empresa

A pesar de la decisión de no imputar a los responsables municipales, la Fiscalía sí reconoce que la mercantil obtuvo un beneficio ilícito de 200.000 euros gracias a las obras ilegales. Como consecuencia de ello, solicita para la empresa una sanción de 600.000 euros y la suspensión de sus actividades ganaderas por dos años.

El documento detalla que «se estima que el beneficio ilícito obtenido por la mercantil de Juan Jiménez por las obras realizadas de manera ilegal asciende al capital de 200.000 euros». Además, el escrito indica que el coste de restablecimiento de los terrenos alterados ha sido valorado en 1,2 millones de euros, una cifra notablemente inferior a la estimada en el expediente inicial, que rondaba los 2,7 millones de euros.

Esta diferencia en la valoración refuerza la sospecha de que la administración local pudo haber actuado de manera laxa en el cálculo de la sanción impuesta a la empresa ganadera, un hecho que la Fiscalía ha pasado por alto.

Ecologistas en Acción pide 12 años de inhabilitación para la alcaldesa

Ecologistas en Acción, que ejerce la acusación particular, es la única parte que acusa a la alcaldesa de Puerto Lumbreras, María Ángeles Túnez, por un delito de prevaricación continuada.

Según el escrito de acusación, la empresa Juan Jiménez García SAU amplió su explotación porcina sin contar con las licencias urbanísticas ni medioambientales necesarias. Las obras, que se llevaron a cabo entre 2019 y 2020 en una finca situada en la Rambla Vilerda de Puerto Lumbreras, contravenían las normas urbanísticas vigentes y carecían de autorización para la actividad.

Ecologistas en Acción presentó denuncias en 2020 y 2021 ante el Ayuntamiento y los Juzgados de Lorca, alertando de la ilegalidad de las construcciones. Sin embargo, el consistorio no adoptó medidas inmediatas para frenar las obras ni sancionar a los responsables. La inacción municipal llevó finalmente a la apertura de un expediente sancionador en marzo de 2022.

Uno de los aspectos clave de la acusación es la presunta actuación deliberada de la alcaldesa para permitir la caducidad del expediente sancionador. Según la investigación, María Ángeles Túnez García evitó designar a un nuevo instructor cuando el funcionario responsable del caso fue trasladado, lo que provocó que el procedimiento expirara en marzo de 2023.

Tras la caducidad, el Ayuntamiento inició un nuevo expediente con sanciones notablemente inferiores a las inicialmente previstas. En este segundo procedimiento, el consistorio rebajó el valor atribuido a las construcciones ilegales, lo que redujo significativamente la multa impuesta a la empresa infractora. Mientras que en el primer expediente se había fijado el valor de lo construido en más de 2,7 millones de euros, en el segundo expediente este se rebajó a 1,2 millones de euros, con una sanción de 425.139 euros que la empresa aceptó pagar con descuento.

La acusación ejercida por Ecologistas en Acción sostiene que la alcaldesa incurrió en un delito continuado de prevaricación, tipificado en el artículo 404 del Código Penal, mientras que la empresa Juan Jiménez SAU cometió un delito contra la ordenación del territorio.

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