Un tribunal desestima la demanda de Daniel Esteve contra Víctor Egío y le condena a pagar las costas

El juzgado rechaza que se vulnerara el derecho al honor y avala las declaraciones del dirigente de Podemos tras el violento desalojo de La Alberca en 2024

La justicia ha dado la razón al secretario de Comunicación de Podemos Región de Murcia, Víctor Egío, en el conflicto judicial que le enfrentaba al agitador ultra Daniel Esteve. La Sección Civil del Tribunal de Instancia de Barcelona ha desestimado íntegramente la demanda presentada por Esteve, quien reclamaba 18.000 euros por una supuesta vulneración de su derecho al honor, y le ha condenado además al pago de las costas del procedimiento.

El origen del litigio se remonta a febrero de 2024, tras un polémico desalojo en la pedanía murciana de La Alberca. En aquel operativo, en el que participaron empresas de desocupación, se produjeron destrozos y varios heridos, y la intervención policial concluyó con 15 personas detenidas. A raíz de estos hechos, Egío realizó unas declaraciones públicas en las que criticaba duramente la actuación de estas empresas.

“El ultraderechista Daniel Esteve me demandó por denunciar que las empresas de desokupación se comportan como bandas criminales y que deberían ser ilegales”, ha recordado el dirigente de Podemos, quien entonces era diputado en la Asamblea Regional. Según Egío, la demanda respondía a una reacción directa a sus críticas tras los incidentes en La Alberca.

Más de dos años después, la resolución judicial rechaza los argumentos del demandante. “La jueza ha desestimado su demanda y lo ha condenado a pagar las costas”, ha subrayado Egío, quien interpreta el fallo como un respaldo a la libertad de expresión en el debate público.

El dirigente morado ha enmarcado este tipo de acciones judiciales en una estrategia más amplia. “Estas demandas son parte de la misma estrategia para intentar intimidar y quebrar a los que alzamos la voz contra la violencia de los fascistas. No va a funcionar. No me van a callar”, ha afirmado.

Egío también ha querido destacar el respaldo interno recibido durante el proceso, agradeciendo el trabajo del equipo legal de su formación y el apoyo de la secretaria general de Podemos, Ione Belarra. “Si nos tocan a una, nos tocan a todas”, ha señalado.

Desde Podemos insisten en que este caso trasciende lo personal y forma parte de una batalla política y social más amplia en torno al derecho a la vivienda. “Defender a las personas vulnerables y su derecho a la vivienda es una tarea fundamental y no vamos a permitir su criminalización”, ha concluido Egío.

El fallo judicial, que cierra el procedimiento en primera instancia, refuerza el margen de crítica política en asuntos de interés público y supone un revés para la estrategia judicial emprendida por Esteve tras los hechos ocurridos en Murcia.

El detonante: un desalojo violento en La Alberca

El episodio que está en el origen del conflicto político y judicial se remonta al 12 de enero de 2024, en la pedanía murciana de La Alberca, donde se produjo uno de los desalojos más controvertidos registrados en la Región de Murcia en los últimos años.

Aquel día, varias empresas de desocupación actuaron de forma coordinada sobre un edificio residencial compuesto por alrededor de una quincena de viviendas. Según las investigaciones policiales posteriores, los operarios accedieron al inmueble sin autorización judicial, ejecutando un desalojo por la vía de hecho, al margen de los procedimientos legales establecidos para este tipo de actuaciones.

La intervención se caracterizó por su alto grado de violencia. De acuerdo con los testimonios recogidos por la Policía Nacional y publicados por distintos medios de comunicación, los miembros de estas empresas irrumpieron en las viviendas forzando puertas, cambiando cerraduras y accediendo por la fuerza a los domicilios, en algunos casos con los residentes en su interior.

Los moradores denunciaron haber sido objeto de amenazas, coacciones e incluso agresiones físicas, en un contexto en el que se produjeron también importantes daños materiales dentro de las viviendas. Algunos afectados afirmaron además que durante la intervención desaparecieron efectos personales, entre ellos teléfonos móviles y objetos de valor.

La situación derivó rápidamente en un operativo policial. Varias llamadas de vecinos alertaron de lo que estaba ocurriendo, lo que motivó la intervención de agentes de la Policía Nacional. Como resultado de la actuación policial, se practicaron 15 detenciones, vinculadas a las empresas de desocupación que participaron en el operativo.

A los arrestados se les atribuyen presuntos delitos de allanamiento de morada, coacciones y robo con fuerza, entre otros. La investigación se abrió a partir de las denuncias presentadas por los residentes, que cuestionaban tanto la legalidad del desalojo como los métodos empleados.

Otro de los aspectos relevantes del suceso fue la condición de los residentes. Algunos de ellos sostenían que no eran ocupantes ilegales, sino personas que habían accedido a las viviendas mediante contratos de alquiler previos, aunque en situación irregular o con impagos derivados de conflictos con la propiedad. Esta circunstancia añadió complejidad al caso y alimentó el debate público sobre la legitimidad de la actuación.

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