Acusan a la magistrada Consuelo Uris de acceder al Supremo como pago por favores al PP murciano

Acusan al CGPJ de convertir el acceso al Supremo en un “coladero” para jueces apadrinados políticamente

Las asociaciones Preeminencia del Derecho y Protectora del Arruí han interpuesto un recurso ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo contra el acuerdo del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) del pasado 29 de enero de 2025, que designó a 21 nuevos magistrados del Alto Tribunal. Alegan que los nombramientos fueron realizados a través de un sistema de cuotas partidistas, violando el principio constitucional de independencia judicial.

El escrito de 29 páginas es demoledor: habla de “polizones” que acceden al Supremo “por la puerta de atrás”, de “simonía judicial” y de un “pacto de sangre” entre partidos para repartirse el control de la cúpula judicial. Y, en el centro de la diana, una figura concreta: la magistrada Consuelo Uris Lloret, nombrada para la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo cuya trayectoria ha sido duramente cuestionada por las entidades demandantes.

El sistema de cuotas: viejo pecado, nueva denuncia

No es la primera vez que se señala el sistema de cuotas en la elección de vocales y altos cargos judiciales, pero esta demanda le pone nombres, fechas y acusaciones formales. Las asociaciones recurrentes aseguran que los nombramientos del 29 de enero responden a pactos políticos entre el PP y el PSOE, a través de sus respectivas asociaciones judiciales afines: la Asociación Profesional de la Magistratura y Juezas y Jueces para la Democracia.

Señalan que los 20 vocales del CGPJ que aprobaron los nombramientos están “contaminados”, pues ellos mismos fueron elegidos por ese mismo sistema de cuotas que, recuerdan, fue declarado inconstitucional en la STC 108/1986. “Los nombramientos no obedecen a méritos, sino a la hoja de servicios prestados a los partidos”, denuncian. Y no se trata de una mera apreciación. Citan informes, votos particulares y comunicados de asociaciones judiciales como la AJFV y el Foro Judicial Independiente que coinciden en la crítica: “hay que ser ciego para no ver el circuito privilegiado”, denuncian.

Caso Uris: del arruí al Supremo

Aunque la impugnación abarca a los 21 nombramientos, hay un caso que concentra buena parte de las críticas: el de la magistrada murciana Consuelo Uris Lloret. La Asociación Protectora del Arruí -que forma parte de los recurrentes- no olvida su papel como ponente del auto que permitió la matanza de cientos de arruís en la Región de Murcia en 2017. Un fallo que, aseguran, se emitió “sin valorar el daño irreparable” y que consideran un “pago de favores” al PP murciano, partido que más tarde la promocionó como presidenta de Sala del TSJ de Murcia en 2019 y ahora como magistrada del Supremo.

Pero las acusaciones no se detienen ahí. Uno de los episodios más graves que recoge la demanda contra el nombramiento de Consuelo Uris Lloret se remonta al 29 de noviembre de 2021, durante la celebración de un juicio penal en el Palacio de Justicia de Murcia. La magistrada Uris no era jueza en ese procedimiento: era parte querellante y testigo.

A pesar de ello, según denuncia recogida en el recurso, accedió a la Sala de Vistas por el pasillo reservado exclusivamente a jueces y fiscales, evitando así la entrada común que corresponde al resto de las partes. Ya dentro, y pese a las instrucciones de la jueza del caso -que había ordenado expresamente que solo entraran los abogados para una reunión procesal a puerta cerrada-, Uris irrumpió en la sala acompañada de otra magistrada, Mª Esperanza Sánchez de la Vega, también parte en el procedimiento. Ambas, según el escrito, abrieron la puerta y entraron sin autorización, cuando esta ya había sido cerrada por una funcionaria judicial.

La gravedad del episodio radica en que, además de querellantes, ambas figuraban como testigos en el procedimiento, lo que legalmente les impedía estar presentes en una reunión privada entre jueza, fiscal y abogados, previa al inicio del juicio. La denuncia sostiene que su presencia pudo permitirles conocer detalles estratégicos de la defensa antes de declarar, vulnerando así los principios básicos de igualdad procesal e imparcialidad.

Los hechos fueron puestos en conocimiento del Promotor de la Acción Disciplinaria del CGPJ, quien, lejos de abrir investigación alguna, archivó el caso sin practicar diligencias. El recurso lo resume con una ironía corrosiva: “Primero llama: ‘Oye Consuelo, ¿esto es verdad?’ ‘Por favor, archívalo’. Y se archiva. Este es el presunto real y verdadero ius tu procedatur, la España de charanga y pandereta.”

Para las asociaciones recurrentes, este episodio no es anecdótico, sino revelador: demuestra un patrón de abuso de poder, uso indebido de la condición de magistrada y trato privilegiado dentro de la propia estructura judicial. Y cuestionan directamente: “¿Puede una magistrada que se comporta así acceder al Tribunal Supremo bajo la etiqueta de ‘excelencia’?”

El testimonio de la afectada, parte querellada en ese procedimiento, así como de un testigo presencial y su abogado, han sido ofrecidos como prueba en el recurso, que exige la nulidad del nombramiento de Consuelo Uris por quebrar la ética judicial y carecer de la imparcialidad exigida a los miembros del Alto Tribunal.

Uris enmendada por el Supremo en Joven Futura

Los vecinos afectados por la recalificación de terrenos y la construcción de la macrourbanización Joven Futura -levantada en plena huerta de Murcia, en una zona de especial valor paisajístico de Espinardo- sufrieron una a una las sentencias dictadas por la magistrada Consuelo Uris Lloret. En todos los casos, falló a favor del Ayuntamiento de Murcia, en manos del PP, respaldando la legalidad del proyecto urbanístico con argumentos calificados de «peregrinos» por los propios recurrentes, que denunciaban un atropello urbanístico sin precedentes.

Años más tarde, el Tribunal Supremo dio la razón a los afectados, declaró ilegal la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) que permitió la construcción de Joven Futura. El Supremo confirmó el atropello. Aquella operación urbanística, presentada como una fórmula de acceso a la vivienda para jóvenes, acabó generando un negocio millonario, varios millones de euros, para los promotores de la cooperativa Novel Stamp, de la que era socio accionista Fernando Berberena, entonces concejal de Urbanismo del PP.

Es más, Consuelo Uris intentó ejecutar la sentencia del Supremo sobre Joven Futura al dictado de las pretensiones urbanísticas del Ayuntamiento de Murcia. Los afectados tuvieron que advertir por escrito a la magistrada que estaba incurriendo en un presunto delito de prevaricación. Eso la frenó.

Mérito y capacidad, en papel mojado

Las asociaciones demandantes subrayan que Consuelo Uris no reúne los requisitos de “excelencia e idoneidad” exigidos por el propio reglamento para acceder al Supremo. La consideran “una magistrada del montón”, sin méritos extraordinarios, cuyo único valor añadido habría sido su fidelidad al partido que la promovió, el PP. En palabras del recurso: “No entró al Supremo por ser la mejor, sino por ser la más útil”.

Reclaman, por tanto, la nulidad del nombramiento de Uris y de los 20 restantes, por estar todos marcados por el mismo “pecado original”: haber sido votados por un órgano cuyos vocales fueron nombrados a dedo por partidos políticos. Además, solicitan que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronuncie sobre si este sistema de designación vulnera el derecho europeo al juez independiente e imparcial.

Las asociaciones judiciales también alzan la voz

No son sólo los recurrentes quienes alertan sobre la degradación del sistema. La Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) calificó los nombramientos como “un escandaloso intercambio de cromos”. El portavoz de la asociación, Sergio Oliva, fue contundente: “En la mayor parte de los nombramientos es fundamental estar asociado a las dos grandes asociaciones que copan el CGPJ o bien bailarle el agua a los partidos que designan a los vocales”.

En la misma línea, el Foro Judicial Independiente denunció públicamente que existe “una ruta de acceso que no todos quieren o pueden emprender” para llegar a los altos cargos judiciales. “Dedicarse a dictar sentencias no basta, hay que estar en el circuito”, sentenciaron.

“No se entra al Supremo, se es elegido”

El recurso judicial recurre incluso al humor cervantino para denunciar lo que consideran un fraude estructural: “No pasan al Supremo por méritos, sino ‘por la puerta falsa de un corral’, como diría el Quijote”, ironizan. Y recuerdan el “caso Cosidó”, cuando en 2018 el portavoz del PP en el Senado presumió por WhatsApp de que su partido controlaba “la Sala Segunda del Supremo por detrás”.

En definitiva, las asociaciones demandantes lanzan una acusación tan contundente como incómoda: el Tribunal Supremo estaría colonizado por magistrados que deben su plaza a padrinos políticos, no a su excelencia jurídica.

Una justicia así, denuncian, “pierde su legitimidad, se convierte en una prolongación de los partidos, y con ella se tambalea todo el edificio del Estado de Derecho”.

El Tribunal Supremo deberá decidir si admite a trámite este recurso, cuya pretensión última no es solo anular 21 nombramientos, sino provocar un vuelco en el sistema de designación de magistrados. Piden más que justicia: exigen una refundación del principio de mérito y capacidad, hoy -dicen- convertido en papel mojado.

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