El homenaje institucional a José Ballesta tiene una derivada económica que el Ayuntamiento de Murcia no ha explicado con claridad. Tras la muerte del alcalde, el Pleno extraordinario y urgente celebrado el 15 de mayo aprobó por unanimidad concederle tres distinciones a título póstumo: el nombramiento como Hijo Predilecto de la Ciudad, la Medalla de Oro de Murcia y la Medalla al Mérito Policial. Así lo anunció el propio Ayuntamiento, que presentó los tres reconocimientos como las máximas distinciones institucionales de la ciudad.
«El Consistorio reconoce así públicamente la trayectoria, dedicación y compromiso del Alcalde Ballesta con el municipio de Murcia, cuya vida estuvo marcada por la entrega, la vocación de servicio público y el firme compromiso con Murcia y los murcianos» reza la nota de prensa.
La convocatoria oficial de aquel Pleno incluía en su orden del día el “inicio de los expedientes” para esas tres distinciones: Hijo Predilecto, Medalla de Oro de la Ciudad y Medalla al Mérito Policial a título póstumo. Sin embargo, la tramitación posterior no parece haber seguido el mismo camino para todas ellas. Mientras los expedientes para declararlo Hijo Predilecto y para otorgarle la Medalla de Oro de la Ciudad sí han sido publicados en el BORM y sometidos a exposición pública, no ocurre lo mismo con la Medalla al Mérito Policial. Esa ausencia resulta relevante: apunta a que esta última distinción habría quedado otorgada de facto tras la aprobación unánime del Pleno del 15 de mayo, salvo que el Ayuntamiento aclare lo contrario.
La diferencia no es menor. Hijo Predilecto y Medalla de Oro de la Ciudad son reconocimientos honoríficos, de enorme carga simbólica, pero sin una remuneración económica asociada. La Medalla al Mérito Policial, en cambio, pertenece a otra categoría. El Reglamento de Honores y Distinciones del Cuerpo de la Policía Local de Murcia establece que esta medalla puede concederse en dos modalidades, oro y plata.
En la modalidad de oro, el artículo 5.3 fija un “premio en efectivo de carácter vitalicio”, abonable mensualmente, equivalente al 20% de las retribuciones básicas del interesado. Si se concede a título póstumo, ese incremento vitalicio pasa a sus beneficiarios, conforme a la regulación de las pensiones de viudedad u orfandad.
En otras palabras: no estamos solo ante una medalla. Estamos ante una distinción que puede traducirse en dinero público para la familia del alcalde fallecido.
Si se toma como referencia el sueldo anual del alcalde de Murcia recogido en los datos oficiales de ISPA 2025 para 2024 -81.970,84 euros brutos anuales- , el 20% equivaldría a unos 16.394 euros brutos al año, es decir, aproximadamente 1.366 euros brutos al mes en 12 mensualidades. El cálculo debe hacerse con cautela, porque el reglamento habla de “retribuciones básicas del interesado” y el Ayuntamiento no ha aclarado todavía cuál sería exactamente la base aplicable. Pero la magnitud económica del reconocimiento exige una explicación pública.
¿Qué actuación excepcional?
La pregunta es evidente: ¿qué mérito policial concreto se está premiando? El reglamento recoge supuestos de carácter extraordinario: morir en acto de servicio o con ocasión de él, sufrir heridas graves, dirigir o realizar un servicio de trascendental importancia, mantener una actuación ejemplar y extraordinaria, o acreditar hechos análogos que merezcan esa recompensa por implicar méritos extraordinarios.
Por eso el Ayuntamiento de Murcia debe explicar qué actuación concreta, ejemplar o extraordinaria realizó Ballesta para merecer esta medalla. No basta con invocar su trayectoria política, académica o institucional. La norma habla de mérito policial, de servicio, de sacrificio y de actuaciones excepcionales. Y si ese reconocimiento lleva aparejado un pago vitalicio a sus beneficiarios, la justificación debe ser aún más rigurosa.
La concesión llega, además, después de una despedida institucional de enorme solemnidad. El entierro de Ballesta tuvo por momentos la apariencia de un funeral de Estado: duelo oficial, presencia masiva de autoridades, mensajes de unidad, honores públicos y una escenografía orientada a fijar desde el primer día una imagen solemne del alcalde fallecido. Ese respeto institucional puede entenderse en el marco del luto, pero no elimina la obligación de examinar cualquier decisión que implique dinero público.
Murcia arrastra problemas evidentes: contaminación, transporte público deficiente, barrios y pedanías abandonados y una sensación extendida de profundo atraso respecto a otras capitales. En ese contexto, cualquier pago vitalicio con cargo al presupuesto municipal merece luz y taquígrafos.
No se trata de cuestionar el duelo ni el respeto debido a la familia de Ballesta. Se trata de separar el homenaje de la factura pública. Los murcianos tienen derecho a saber si la Medalla al Mérito Policial ya ha sido concedida de hecho, si será en la modalidad de oro o de plata, cuánto dinero público supondrá al año y qué mérito policial concreto justifica ese pago.
Porque una medalla puede ser un gesto institucional. Pero esta, si se concede en oro, puede convertirse también en una prestación vitalicia que seguirán pagando todos los murcianos.