El juicio que debía convertir al Mar Menor en protagonista directo de una sala penal tendrá que esperar. La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, ha suspendido este miércoles la vista oral contra dos mercantiles y un empresario agrícola acusados de un presunto delito contra el medio ambiente por hechos ocurridos entre 2015 y 2017.
La razón ha sido la ausencia, justificada, del ecotoxicólogo forense Luis Murillo, facultativo del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Valencia. No era un testigo más. Para la Fiscalía y las acusaciones, su declaración era la pieza central del juicio: el informe técnico que debía explicar ante el tribunal cómo los vertidos de salmuera cargada de nitratos pudieron afectar a la laguna y a su ecosistema.
El fiscal del área de Cartagena, Miguel de Mata, pidió la suspensión al considerar que no podía renunciar a esa prueba. La calificó como la “prueba estrella” del procedimiento. Las acusaciones particulares se adhirieron de forma unánime. El tribunal, presidido por el magistrado José Manuel Nicolás, aceptó el aplazamiento ante la falta de una previsión cierta sobre cuándo podrá comparecer el perito.
La nueva fecha quedará ahora en manos de los letrados de la Administración de Justicia, que deberán buscar un nuevo hueco en la agenda judicial.
Una vista llamada a ser histórica
El juicio no era uno más dentro de la larga batalla judicial y social por el Mar Menor. Las organizaciones en defensa de la laguna han acudido a la vista en representación del propio ecosistema, reconocido legalmente como sujeto con personalidad jurídica.
AMARME, Ecologistas en Acción, Greenpeace España, Pacto por el Mar Menor y SEO/BirdLife España han ido en representación del Mar Menor y su cuenca como víctima de los daños ocasionados. Todas coinciden al señalar el carácter histórico del procedimiento: por primera vez en Europa, un ecosistema reconocido como sujeto de derechos ejercería la acusación particular para defender sus propios intereses.
Esa era la gran novedad del caso. El Mar Menor no comparecía solo como paisaje dañado, ni como símbolo de una crisis ambiental, ni como bien público protegido por administraciones y colectivos. Comparecía como sujeto de derecho. Como víctima. Como parte perjudicada.
La suspensión retrasa ese momento, pero no lo borra. Cuando se señale de nuevo la vista, la laguna volverá a estar en el centro del procedimiento.
Los llamados casos Topillo
En el banquillo están las mercantiles Ecosarete S.L. y Datelio S.L., junto a un empresario agrícola. Están acusados en uno de los llamados casos Topillo, relacionados con presuntos vertidos procedentes de desaladoras agrícolas carentes de autorización.
La Guardia Civil constató la existencia de desaladoras sin permiso de la Confederación Hidrográfica del Segura en varias fincas del Campo de Cartagena. A partir de esa investigación, el ecotoxicólogo Luis Murillo elaboró el informe pericial que ahora se considera imprescindible para celebrar el juicio.
La acusación sostiene que el rechazo de esas desaladoras -salmuera con una alta carga de nitratos- terminó generando un grave riesgo para la calidad de las aguas de la laguna. Y no solo para el agua. También para las plantas, los animales y el conjunto del ecosistema.
Según el Ministerio Público, el informe de Murillo concluye que esos vertidos fueron “una causa principal de deterioro irreversible y catastrófico del Mar Menor”. Esa frase explica por qué su presencia era tan importante. El juicio no trata únicamente de determinar si había instalaciones irregulares. Debe aclarar si esas prácticas provocaron un daño ambiental grave y si ese daño puede atribuirse penalmente a los acusados.
Siete años de prisión y más de medio millón en indemnizaciones
La Fiscalía solicita para el acusado siete años de prisión, una multa de 9.000 euros y el pago de 506.137,44 euros en indemnizaciones por los perjuicios ocasionados al dominio público marítimo e hidráulico.
La acusación particular va más allá. Reclama multas por valor de 1.012.274,48 euros, la suspensión de la actividad empresarial durante tres años y una indemnización superior al medio millón de euros.
Las organizaciones personadas han mostrado su confianza en obtener una sentencia condenatoria y “ejemplarizante”. También habían expresado su deseo de que en esta ocasión no se alcanzaran acuerdos entre Fiscalía y acusados como los que, según denuncian, se han producido en procedimientos anteriores de los llamados casos Topillo. A su juicio, las rebajas significativas de penas y sanciones reducen el efecto disuasorio de las condenas y pueden hacer que contaminar resulte rentable para el infractor.
Ese es uno de los grandes debates de fondo: si las condenas por delitos ambientales sirven realmente para reparar el daño y evitar que vuelva a repetirse, o si acaban siendo asumidas como un coste más por quienes obtienen beneficio de actividades contaminantes.
Por qué era imprescindible el perito
La suspensión del juicio puede parecer, a simple vista, un nuevo retraso en una causa ambiental más. Pero en un procedimiento penal por delito ecológico, la prueba técnica es decisiva.
No basta con probar que existían desaladoras sin autorización. Tampoco basta con acreditar que hubo vertidos. Para que prospere la acusación penal, debe demostrarse que esas conductas generaron un riesgo grave o un daño relevante para el equilibrio de los sistemas naturales.
Ahí entra el papel del perito. Su informe sirve para traducir al lenguaje judicial lo que la ciencia ambiental describe con otros términos: salmueras, nitratos, eutrofización, pérdida de calidad del agua, alteraciones del ecosistema, impacto sobre especies animales y vegetales.
Por eso, las acusaciones rechazaron dividir la vista en varias sesiones y también descartaron que la declaración del perito pudiera practicarse más adelante como diligencia final. Querían que el juicio se celebrara de una sola vez y con todas las garantías. Querían que el tribunal escuchara al experto en el momento adecuado, junto al resto de pruebas y testimonios.
El magistrado presidente aceptó ese criterio. En su decisión tuvo en cuenta la necesidad de preservar el derecho a la tutela judicial efectiva y evitar la indefensión de cualquiera de las partes.
El Mar Menor llega a los tribunales como sujeto de derechos
La causa tiene una dimensión jurídica que va mucho más allá de los acusados concretos. El Mar Menor fue reconocido como sujeto de derechos por la Ley 19/2022, aprobada tras una Iniciativa Legislativa Popular impulsada por la ciudadanía. Desde entonces, la laguna y su cuenca tienen personalidad jurídica propia.
Ese reconocimiento cambió la forma de mirar al ecosistema. Ya no se trata solo de proteger un espacio natural porque presta servicios ambientales, atrae turismo o forma parte del patrimonio común. La ley reconoce que el Mar Menor tiene derecho a existir, a evolucionar naturalmente y a ser restaurado cuando sufre daños.
En este juicio, esa idea iba a aterrizar por primera vez en una sala penal. Las organizaciones sociales y ecologistas iban a ejercer la acusación particular en nombre de la propia laguna.
El aplazamiento retrasa esa escena, pero no le resta fuerza. Al contrario: aumenta la expectación sobre un juicio que puede convertirse en referencia para otros conflictos ambientales.
La larga sombra de los nitratos
El Mar Menor lleva años arrastrando una crisis ambiental profunda. Los episodios de eutrofización, la pérdida de transparencia del agua, las mortandades de fauna y el deterioro general de la laguna han convertido este ecosistema en uno de los grandes símbolos de la degradación ambiental en España.
En ese contexto, los vertidos de nitratos procedentes de la actividad agrícola intensiva han estado en el centro del debate público, científico y judicial. La causa suspendida este miércoles se sitúa precisamente en ese terreno: el de las prácticas agrarias que, según las acusaciones, contribuyeron a cargar de nutrientes una laguna ya muy vulnerable.
Las desaladoras agrícolas ilegales eran una pieza especialmente delicada de ese modelo. Permitían obtener agua útil para el riego, pero generaban un residuo altamente problemático: la salmuera. Cuando esa salmuera iba cargada de nitratos y acababa llegando al entorno hídrico, el impacto potencial sobre el Mar Menor era enorme.
Eso es lo que deberá valorar el tribunal cuando el juicio pueda celebrarse: si los acusados participaron en esas prácticas, si actuaron sin autorización, si los vertidos llegaron a afectar a la laguna y si el daño o el riesgo generado alcanza la gravedad penal que sostiene la Fiscalía.
Una justicia que llega tarde, pero que aún puede llegar
El procedimiento examina hechos ocurridos entre 2015 y 2017. Han pasado casi diez años desde entonces. Para muchas personas que han visto degradarse el Mar Menor, la justicia llega tarde. Pero llega en un momento especialmente significativo: cuando la laguna ya cuenta con personalidad jurídica y cuando una parte importante de la sociedad murciana reclama responsabilidades por lo ocurrido.
La suspensión añade una espera más. Otra fecha pendiente. Otro aplazamiento en una historia marcada por informes, promesas, planes, denuncias y procedimientos judiciales.
Pero también deja clara una cosa: las acusaciones no quieren un juicio incompleto. No quieren que el caso avance sin la prueba que consideran esencial. Prefieren esperar a que el perito pueda comparecer antes que asumir una vista debilitada que pueda comprometer el resultado final.
En un caso de esta magnitud, la forma importa tanto como el fondo. Una sentencia condenatoria necesita apoyarse en una prueba sólida. Y una eventual absolución también debe llegar después de un juicio celebrado con todas las garantías. Esa es la razón procesal del aplazamiento.
Un juicio pendiente y una laguna que sigue esperando
El Mar Menor no pudo hablar este miércoles en la sala de la Audiencia Provincial. Tampoco pudieron hacerlo, al menos en el marco del juicio oral, las organizaciones que iban a representarlo como víctima. La vista quedó suspendida antes de entrar en el fondo.
Pero el caso sigue ahí. Y lo que está en juego sigue siendo mucho más que una responsabilidad individual o empresarial. Está en juego la respuesta penal a una forma de contaminación que, según las acusaciones, contribuyó a dañar gravemente uno de los ecosistemas más singulares y frágiles de Europa.