En Molina de Segura se está librando una batalla que ya no es solo urbanística ni ambiental. Es una batalla democrática. Porque lo que está ocurriendo con la planta de biogás promovida por Heygaz en el polígono industrial La Polvorista no es únicamente un conflicto entre vecinos y una empresa. Es algo más grave: un Ayuntamiento utilizando recursos públicos no para proteger a sus ciudadanos, sino para impedir que puedan defenderse ante la justicia.
Mientras en otros municipios de la Región -Santomera, Murcia o Los Camachos (Cartagena)- los ayuntamientos han reaccionado ante la preocupación social y han frenado proyectos similares, en Molina ocurre lo contrario: Aquí el consistorio se ha alineado con la promotora. Y lo ha hecho con una estrategia tan clara como inquietante: evitar por todos los medios que un juez entre a analizar las múltiples irregularidades del proyecto.
Una defensa municipal basada en una sola palabra: «extemporáneo”
El recurso presentado por el Ayuntamiento ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Murcia es revelador. No es una defensa del proyecto en términos técnicos, sanitarios o ambientales. Es otra cosa.
Es una defensa procesal diseñada para que el procedimiento muera antes de empezar. El consistorio no discute si la planta es peligrosa o no, que lo es. No discute si está bien ubicada, que no lo está. No discute si hubo irregularidades en la licencia, que las hubo.
Lo que repite, una y otra vez, es esto: todo llega tarde. Todo es extemporáneo. Todo debe ser inadmitido. Todo debe quedar fuera del control judicial.
Según el Ayuntamiento de Molina de Segura, gobernado por PP y VOX, la licencia urbanística concedida a Heygaz el 1 de julio de 2024 sería ya un acto “firme y consentido”, imposible de recurrir porque, según dice, los vecinos y empresarios no actuaron dentro del plazo.
Y respecto a la Declaración de Impacto Ambiental, el consistorio sostiene que tampoco puede discutirse porque es un acto autonómico, “de trámite”, no recurrible de forma autónoma y además fuera de plazo.
No quiere que el juez entre al fondo
Lo más grave no es solo el argumento jurídico. Lo grave es lo que implica políticamente. El Ayuntamiento no está defendiendo que todo esté bien. Está defendiendo que no se investigue si está mal.
Está pidiendo al juez que no analice la idoneidad de la ubicación, la proximidad de la planta de biogás a viviendas y colegios, las denuncias vecinales ni las irregularidades del expediente detectadas por los empresarios del polígono La Polvorista.
El Ayuntamiento de Molina de Segura no quiere un juicio sobre el fondo. Quiere su inadmisión. Quiere que la planta de biogás promovida por la empresa Heygaz siga adelante sin que nadie mire demasiado.
El cartel: de información pública a trampa procesal
Uno de los argumentos más reveladores del Ayuntamiento de Molina de Segura en su defensa de Heygaz es el uso que hace del cartel de obra. No como un simple elemento informativo, sino como una pieza central para sostener que los vecinos y empresarios “ya sabían” lo que se estaba construyendo y, por tanto, han llegado tarde a la Justicia.
El consistorio afirma que desde octubre y noviembre de 2024 las obras eran perfectamente visibles -movimientos de tierra, maquinaria, ejecución material- y que la empresa instaló en la parcela el cartel oficial facilitado por el propio Ayuntamiento, con todos los datos identificativos de la licencia.
En el recurso se insiste en que ese cartel constituye un hito jurídico relevante, porque permite presumir el “conocimiento efectivo” del otorgamiento de la licencia por parte de cualquier tercero interesado. El Ayuntamiento llega a citar expresamente jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia para reforzar esa tesis: la exposición pública del cartel permite entender que el recurrente conocía la existencia del título habilitante.

La conclusión que extrae el Ayuntamiento es clara: si el cartel estaba colocado, si las obras avanzaban a la vista de todos y si el proyecto era notorio, entonces no cabe alegar desconocimiento y el recurso debe ser inadmitido por extemporáneo.
De este modo, el consistorio no entra a discutir las irregularidades denunciadas ni la idoneidad de la planta, sino que construye una defensa basada en una idea única: que el debate judicial llega tarde y que el juez no debe analizar el fondo del asunto.
El recurso no es extemporáneo: hubo opacidad administrativa
Pero el recurso no es extemporáneo. Los empresarios sostienen que el plazo para recurrir no puede empezar a contar simplemente porque hubiera obras visibles o un cartel en la parcela.
El dies a quo o día inicial del computo -afirman- debe situarse en el momento en que los interesados pudieron acceder efectivamente al expediente completo, algo que no ocurrió hasta abril de 2025. Por tanto, los recursos se interpusieron en plazo legal.
Antes, denuncian, existió una situación de opacidad que vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24 CE) y el derecho de acceso a la información ambiental reconocido en el Convenio de Aarhus y la Ley 27/2006. Es más, se ocultó la verdadera naturaleza del proyecto.
Uno de los argumentos más graves es que, durante meses, desde el Ayuntamiento de Molina de Segura y desde la empresa promotora se minimizó públicamente el alcance real de la planta.
Según los recurrentes, se trasladó que la actividad consistiría básicamente en tratar “yogures caducados y azúcares”, omitiendo que el proyecto contempla también purines, lodos de depuradoras y subproductos animales SANDACH. Y añaden un dato clave: el tratamiento de azúcares representaría solo un 7% de los residuos, según el propio proyecto técnico.
Por tanto, sostienen que no puede culparse a los vecinos de “llegar tarde” cuando la información esencial fue incompleta o distorsionada.
Otro punto clave es que el proyecto incluye tratamientos de animales muertos (SANDACH), lo que situaría la planta de biogás en el Grupo A de máxima incidencia contaminadora, no en el Grupo B con la que fue autorizada.
El Ayuntamiento acusa los recurrentes de «ardid»
El tono del escrito municipal no es neutral. No es institucional. No es conciliador. El Ayuntamiento llega a afirmar que el recurso vecinal es “un ardid para aperturar la vía judicial”.
Es decir: vecinos y empresarios que acuden a la Justicia son tratados poco menos que como oportunistas o manipuladores. No como ciudadanos preocupados. No como contribuyentes. No como población que exige garantías.
Las preguntas son inevitables: ¿Por qué Molina de Segura actúa así mientras otros municipios han frenado plantas similares? ¿Por qué aquí el Ayuntamiento no se pone del lado de la prudencia sino del lado de la empresa? ¿Por qué se gastan recursos públicos en defender los intereses de Heygaz en lugar de proteger a los vecinos?
La respuesta está en el propio recurso: no se trata de tranquilizar a la población. Se trata de impedir que un juez revise el proyecto.
Este caso ya no va solo de biogás. Va de algo más profundo y preocupante: cuando una institución local se convierte en escudo de una mercantil privada frente a su propio pueblo, lo que está en juego no es una licencia, es la confianza democrática. Es el derecho de los ciudadanos a ser escuchados. Es el derecho a que un juez pueda mirar dentro.