El Ayuntamiento de Murcia reincide e impone de nuevo la cita previa en registro pese a ser ilegal

La Asociación de Vecinos Senda de Granada ya lo advirtió: mantener la cita previa obligatoria vulnera la ley. El Consistorio lo reconoció, la retiró y ahora la impone de nuevo

La historia se repite, y esta vez con la agravante de la reincidencia. El Ayuntamiento de Murcia ha vuelto a imponer la cita previa como barrera de entrada al registro municipal. Lo hace a sabiendas de que no tiene cobertura legal, después de haber reconocido en 2023 que esa práctica vulneraba la normativa vigente y los derechos de los ciudadanos.

Este mismo lunes, RRNEWS ha acompañado a una ciudadana al registro de la Glorieta. Quería presentar unos documentos en persona, como se ha hecho toda la vida. Pero al intentar entrar, el ordenanza la frenó en seco:

— “¿Tiene usted cita previa?”
— “Pues no”, respondió ella.
— “Pues no puede pasar sin cita, lo siento, lo pone bien claro en el cartel de la pared”, zanjó el ordenanza

La escena roza el surrealismo: el registro estaba vacío, no había ninguna cola, y la emergencia sanitaria por la COVID hace tiempo que acabó.

— “Pero si no hay nadie aquí, estoy sola. La pandemia terminó”, insistió la mujer.
— “Lo siento, sin cita previa no pasa. No sabe usted las colas que se forman aquí sin cita”, concluyó el funcionario.

Un déjà vu jurídico

La escena no es anecdótica. Es la prueba de que el Ayuntamiento de Murcia ha vuelto a imponer una medida que ya había retirado por ser contraria a derecho. En mayo de 2023, la Asociación de Vecinos Senda de Granada Oeste denunció la obligatoriedad de la cita previa para el registro como una práctica arbitraria y legalmente insostenible. Aportaron jurisprudencia y artículos clave:

  • Código Civil, art. 4.2: Prohíbe aplicar normativas excepcionales fuera de los supuestos que las motivaron.
  • Constitución Española, arts. 1.2 y 103: La soberanía reside en el pueblo y la Administración debe servir al interés general.
  • Ley 40/2015, art. 3: Obliga a garantizar servicio efectivo y proximidad al ciudadano.
  • Ley 39/2015 (LPAC), arts. 13 y 16: Protege el derecho a presentar escritos sin trámites no previstos por ley.
  • STS 23/03/2021 (RC 3688/2019): El interés general pertenece a los ciudadanos, no a la Administración.
  • STS 03/12/2020 (RC 8332/2019): La buena administración no es opcional, es una obligación jurídica.

Y sobre todo, advirtieron de que no existe ninguna ley que ampare la imposición de la cita previa para registrar documentos en una Administración pública.

Reconocimiento oficial y marcha atrás

En su respuesta oficial del 29 de mayo de 2023, el Ayuntamiento de Murcia reconoció de facto los argumentos vecinales. En su respuesta afirmó que la cita previa no era obligatoria y que cualquier persona sería atendida aunque no la tuviera, especialmente mayores, personas con brecha digital o en situación de necesidad.

“La obtención de cita previa es prioritaria, no exclusiva ni obligatoria para la atención presencial”, decía la carta oficial firmada por la jefa del Servicio de Información y Atención Ciudadana, Carmen Martínez Guillén.

Se comprometieron incluso a mejorar el sistema, agilizar la obtención de citas y garantizar el acceso. Pero lo cierto es que todo eso ha quedado en papel mojado, al menos, en el registro general de La Glorieta.

El regreso de la barrera ilegal

Hoy, los murcianos que se presentan sin cita en el registro municipal se encuentran con un muro burocrático. No hay ley, ni normativa, ni instrucción oficial que ampare esa negativa sistemática. Pero la puerta no se abre. Y eso es lo que convierte esta situación en algo más que una anomalía: es una infracción legal consciente, mantenida por una Administración de Ballesta que ya fue advertida de su ilegalidad. ¿Qué alegan desde el consistorio? «Motivos organizativos».

Desde la Asociación de Vecinos Senda de Granada no descartan nuevas acciones, incluso judiciales. Porque si la cita previa vuelve a ser una barrera obligatoria, lo que está en juego no es un trámite, sino un principio básico del Estado de Derecho: que la Administración no puede inventarse reglas para dificultar el acceso a los derechos.

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