La acción popular: un pilar de la democracia que no debe ser debilitado

Es innegable que la acción popular ha sido y es utilizada, en algunos casos, con fines espurios como se está viendo con "Manos Limpias", "Hazte Oír" o "Abogados Cristianos", pero limitarla de forma generalizada tendría graves consecuencias. La solución no está en restringir el derecho, sino en reforzar las garantías procesales y en dotar al sistema judicial de herramientas suficientes para filtrar las denuncias "trucha" que carezcan de base. Esto podría lograrse sin menoscabar la esencia misma de la acción popular

En el ámbito de la justicia española, la acción popular se erige como uno de los mecanismos más significativos para garantizar la participación ciudadana en la defensa del interés general. Este derecho, consagrado en el artículo 125 de la Constitución, otorga a cualquier ciudadano la posibilidad de personarse en un proceso penal, independientemente de ser víctima directa del delito, para velar por la legalidad y la justicia.

No es la primera vez que se plantea su reforma. El debate sobre esta figura jurídica ya fue abierto en 2011 y 2017 por los Gobiernos de Zapatero y Rajoy. En 2017, el Gobierno de Mariano Rajoy planteó la posibilidad de impedir que los partidos se personasen en las causas sin ser perjudicados. Lo hizo en un contexto de crisis política en la Región de Murcia, donde el entonces presidente autonómico, Pedro Antonio Sánchez (PP), estaba siendo investigado en la trama Púnica y en el caso Auditorio por supuestos delitos cometidos cuando era alcalde de Puerto Lumbreras. El PP propuso limita la acción popular contra los políticos en respuesta a la propuesta de Cs de suprimir los aforamientos.

El Mundo. 12 abril 2017

El PSOE vuelve a plantear su reforma ante los abusos que están cometiendo determinadas asociaciones de ultraderecha, pero ¿es prudente limitar un derecho tan esencial para la democracia?

¿Es necesario que las denuncias basadas exclusivamente en recortes de prensa o sin fundamentos sólidos no sean admitidas a trámite? Sí, indudablemente. Así lo ha determinado el Tribunal Supremo. ¿Es necesaria la supresión del delito de ofensas contra los sentimientos religiosos? Sí, indudablemente porque es utilizado permanentemente por organizaciones ultras y fundamentalistas para perseguir a artistas, a activistas, a representantes electos, haciéndoles pasar por procesos penales sin fundamento alguno.

Pero el PSOE también propone prohibir la acción popular por parte de partidos políticos y asociaciones vinculadas a ellos. Y plantea que la participación de la acusación popular quede circunscrita a la fase de juicio oral y a la formulación inicial de la querella al considerar que la instrucción es una fase que debe estar protagonizada e impulsada por el Ministerio Fiscal y por los perjudicados directos por el delito. Un Ministerio Fiscal falto de medios que en más ocasiones de las deseables archiva sin realizar investigaciones exhaustivas. No son pocas las ocasiones en las que se ha señalado la falta de transparencia e imparcialidad por parte del Ministerio Público.

Históricamente, la acción popular ha sido el instrumento necesario para destapar casos de corrupción que han conmocionado al país. Desde los escándalos más mediáticos hasta delitos medioambientales o relacionados con derechos fundamentales, esta herramienta ha permitido que los ciudadanos y las organizaciones de la sociedad civil actúen como contrapeso frente a un Estado que, en ocasiones, puede mostrarse lento o complaciente en la persecución de ciertos crímenes.

Casos emblemáticos como el Caso Gürtel, el Caso Noós o el Caso Malaya han salido a la luz y avanzado gracias a la acción popular. Sin este mecanismo, es probable que muchos de estos procesos no hubieran prosperado, dejando en la impunidad a los responsables de delitos graves que afectan el interés general. La acción popular también fue determinante en el juicio por los atentados del 11M en Madrid. La acción popular permitió que organizaciones y colectivos comprometidos con los derechos de las víctimas tuvieran voz en el proceso, enriqueciendo el debate jurídico y fortaleciendo la percepción de transparencia y justicia.

En la Región de Murcia los casos Umbra, Barraca, Auditorio, Novo Carthago, La Sal son una muestra de graves casos de corrupción impulsados por la acción popular que el PSOE pretende limitar. Estos casos ejemplifican cómo la acción popular ha permitido a ciudadanos y organizaciones personarse en procedimientos penales para defender el interés público y combatir la corrupción en la Región de Murcia. Sin este mecanismo, es posible que muchos de estos casos no hubieran salido a la luz o avanzado en el ámbito judicial.

El abogado murciano, Diego de Ramón, fallecido el pasado mes noviembre fue uno de los principales defensores y promotores de la acción popular en la Región de Murcia. Durante su carrera, desempeñó un papel destacado en la lucha contra la corrupción, utilizando esta figura jurídica como herramienta clave para perseguir irregularidades y delitos que afectaban el interés público. Su insistencia permitió que muchas investigaciones avanzaran y que se llevara a juicio a personas influyentes en la política y la administración regional como el ex presidente Ramón Luis Valcárcel.

La asociación Huermur (Asociación para la Conservación del Patrimonio de la Huerta de Murcia) ha ejercido en varias ocasiones el derecho de acción popular en defensa del patrimonio cultural, histórico y ambiental de la región de Murcia. Este derecho les ha permitido personarse en procesos judiciales, presentar denuncias y participar activamente en la protección de bienes públicos que consideran amenazados o gestionados de forma inadecuada. En el caso de las construcciones ilegales realizadas por la Universidad Católica San Antonio de Murcia (UCAM) se ejerció la acción popular.

Más ejemplos: ANSE y Ecologistas en Acción, junto con SEO/BirdLife, se personaron como acusación popular en el Caso Topillo que investiga los vertidos contaminantes al Mar Menor. En su escrito de acusación, señalaron a responsables de administraciones públicas y empresas agrícolas por presuntos delitos ambientales. Su acción también frenó la destrucción de Marina de Cope por parte del Gobierno de Valcárcel.

Reducir la capacidad de la acción popular podría tener efectos adversos para la justicia y la confianza ciudadana. La prohibición de que partidos políticos ejerzan este derecho puede ser entendida como un intento de despolitizar los procesos judiciales, pero también plantea dudas sobre cómo se decidirá quién puede o no actuar en nombre del interés general. ¿Quién garantiza que este tipo de restricciones no termine favoreciendo la impunidad en casos de corrupción política? ¿Quién decidirá qué asociaciones están o no ligadas a un partido político?

Además, al exigir pruebas sólidas desde el inicio del proceso, se podría estar desincentivando la presentación de denuncias válidas que carecen inicialmente de todos los elementos necesarios, pero que podrían ser investigadas. Esto impactaría de forma especial en colectivos que defienden derechos medioambientales, sociales o humanos, cuyos recursos son limitados en comparación con los de las grandes corporaciones o instituciones.

Es innegable que la acción popular ha sido y es utilizada, en algunos casos, con fines espurios como se está viendo con «Manos Limpias», «Hazte Oír» o «Abogados Cristianos», pero limitarla de forma generalizada tendría graves consecuencias. La solución no está en restringir el derecho, sino en reforzar las garantías procesales y en dotar al sistema judicial de herramientas suficientes para filtrar las denuncias «trucha» basadas en publicaciones de medios «truchos» que carezcan de base. Esto podría lograrse sin menoscabar la esencia misma de la acción popular.

Mucho tiene que decir el CGPJ pues tiene la responsabilidad de velar por la independencia y la adecuada conducta de los jueces y magistrados. No basta con pedir respeto a las decisiones judiciales porque hay decisiones judiciales que no son respetables. ¿Por qué no actúa el CGPJ ante los evidentes abusos judiciales que se están cometiendo, por ejemplo, con el hermano y la esposa del presidente Pedro Sánchez? ¿La solución ante la mala administración de justicia es limitar la acción popular de manera generalizada?

En un país donde los casos de corrupción y abuso de poder han socavado la confianza de la ciudadanía en las instituciones, debilitar un mecanismo que permite la fiscalización independiente de los actos públicos es un paso peligroso. Si algo ha demostrado la historia reciente de España es que la acción popular es una herramienta fundamental para garantizar que la justicia no esté únicamente al servicio de quienes ostentan el poder.

En definitiva, cualquier reforma de la acción popular debe partir de un profundo debate y consenso social. Y desde luego no puede ni debe hacerse mediante una proposición de ley sin informes previos. Limitar este derecho sin garantizar alternativas efectivas para la participación ciudadana en la justicia podría debilitar uno de los pilares más importantes de nuestra democracia.

La acción popular no es solo un mecanismo jurídico; es una expresión de la soberanía popular en el ámbito de la justicia. Protegerla es, en última instancia, proteger la capacidad de la sociedad para exigir transparencia, rendición de cuentas y equidad ante la ley.

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