El Ayuntamiento de Murcia ha sido condenado a pagar 2 millones de euros a una empresa fotovoltaica, OPERATING BUSINESS 2, S.L, por la gestión negligente de un terreno que los responsables municipales sabían perfectamente que era un área de conservación y mejora ambiental, con carácter de parque forestal y de espacio libre. Otra gestión urbanística fallida del PP en el Ayuntamiento de Murcia que tendrán que pagar todos los vecinos del municipio.
El demandante fue alto cargo del Gobierno de Valcárcel
Detrás de la empresa demandante, Operating Business 2 SL, figura como gerente Francisco Ayala Schraemli que entre febrero de 2002 y mayo de 2008, durante el Gobierno de Valcárcel, dirigió Agencia Regional de la Energía de la Región de Murcia (ARGEM) según afirma en su perfil de Linkedin.
Al mes siguiente de abandonar la gerencia de la ARGEM, en junio de 2008, Francisco Ayala se puso al frente de la empresa Solnueve Iniciativas Energéticas S.A. (SOL9) que es la empresa a la que el Ayuntamiento de Murcia adjudicó la concesión demanial de los terrenos forestales para la instalación de la planta fotovoltaica por acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Murcia de 20 de mayo de 2009, con Miguel Ángel Cámara como al frente de la alcaldía. Y no es hasta octubre de 2017 que Francisco Ayala empieza a realizar gestiones ante el Consistorio murciano en representación de Operating Business 2 S.L. (OB2).
Se le adjudicó un terreno de 435.791,79 m2 para la instalación de una planta de energía solar de 19,95 MW en La Peraleja, en Sucina, sin embargo, esa finca debería haber sido objeto de una mejora ambiental por parte del Ayuntamiento por su riqueza en biodiversidad y de interés comunitario y que la normativa urbanística no permitía ese uso en esa parcela.
Ecologistas en Acción advirtió de la ilegalidad al Ayuntamiento de Murcia que hizo oídos sordos, aprobó la concesión y siguió adelante, a pesar de saber que era irregular y que iba a producir otro quebranto económico, y posiblemente también ambiental, al Ayuntamiento de Murcia como ahora confirma la sentencia del TSJ.
Ballesta y Navarro Corchón lo sabían
Ni Ballesta ni Navarro Corchón pueden echarle la culpa a la etapa de Miguel Ángel Cámara o alegar desconocimiento, ya que el 1 julio de 2019, siendo Ballesta alcalde y Navarro Corchón concejal de urbanismo, se informó favorablemente el proyecto «por razones de interés público» aun a sabiendas de que el uso no estaba permitido puesto que había informes en contra de diferentes direcciones generales de la Comunidad Autónoma advirtiendo de que la normativa urbanística no permitía el uso de parque fotovoltaico en ese terreno. Eso recoge la sentencia judicial.
En la decisión de Ballesta y Navarro Corchón resultó clave un informe del Jefe de Servicio de Actividades, Jesús Carmelo Tornero Montoro, un de los dos funcionarios supuestamente apartados tras el incendio de las discotecas de Atalayas en el que murieron 13 personas, por no ejecutar la orden de cierre de las discotecas de 11 de octubre de 2022 y cuya imputación han pedido algunas familias de las víctimas personadas en la causa judicial.
El 24 de junio de 2019, el citado funcionario concluyó que procedía continuar con el procedimiento de autorización de uso excepcional del suelo por razones de interés público, cuando solo siete días antes, el 18 de junio de 2019, la Dirección General de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma, a petición del citado funcionario, había emitido un informe en el que advertía claramente de que la autorización excepcional solo aplica en suelo no urbanizable y urbanizable sin sectorizar, no aplicaba por tanto a la finca de la concesión, que es Sistema General Forestal.
«Todo apunta a que el verdadero impulsor de este y otros muchos expedientes complicados en el Ayuntamiento de Murcia era este alto funcionario» opinan desde la organización ecologista.
La Dirección General de Ordenación Territorial, en su informe de impacto ambiental de 2018, ya había advertido de la presencia de aves rapaces y esteparias y especies de flora de de interés especial en la zona. Y la Dirección General de Medio Ambiente y Mar Menor había advertido en otro informe de que la ejecución «supondría un desequilibrio ambiental».
La sentencia establece la obligación del Consistorio de devolver a la promotora del proyecto las garantías prestadas por esta, que suman 360.000 euros, así como indemnizarla con una cuantía que alcanza los 1,54 millones en concepto de «daño emergente como de lucro cesante».
Ecologistas en Acción advirtió en varias ocasiones de la ilegalidad
Desde Ecologistas en Acción lamentan que «los murcianos seamos siempre los que pagamos los platos rotos de otros» y recuerdan que «tanto el empresario promotor como las autoridades municipales sabían perfectamente de la ilegalidad del proyecto».
«Intentaron que saliera adelante como fuese, hasta que alguien de urbanismo de la Comunidad Autónoma se plantó y advirtió de que si querían seguir adelante debían cambiar el uso del suelo y, por tanto, modificar el PGOU» explican desde la organización ecologista que cree que «estamos ante un caso de presunta corrupción».